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Escritura de compraventa de dos esclavas. El Documento del mes en el Archivo Histórico Provincial de Albacete. Enero de 2020.

1671 noviembre 11. Corral Rubio (Chinchilla). Escritura de compra-venta de dos esclavas. Protocolo. Distrito notarial: Chinchilla. Signatura 1.836, expediente 1. Letra humanística.

La escritura se genera entre la vendedora, doña Francisca de Barrionuevo de Haro, viuda de don Jacinto de Reina Núñez Cortés, y de otra, Alonso García Talaya, comprador.  El bien que se trasmite son dos esclavas, la madre de 22 años, de nombre Paula, con su hija de cuatro meses, a su vez, Paula era hija de otra esclava que formó parte de la dote de doña Francisca.

Como fuente documental, el texto sirve para el estudio de las clases sociales, tanto las dominantes, como sería el caso de las ricas familias poseedoras de heredamientos y señoríos con jurisdicción propia, Corral Rubio, como de las minorías marginadas, en este caso las esclavas, que carecen de personalidad jurídica. En tanto que mercancía, pertenecen a otro individuo. No existen para ellas derechos personales como se desprende de la inexistencia de filiación completa. También para el estudio de los bienes patrimoniales y de la dote de la mujer en el Antiguo Régimen. Para conocer las enfermedades de la época, ya que para certificar la salud de las esclavas se recurre a una fórmula jurídica en la que se enumeran los males más frecuentes que pueden invalidar esta transacción. Para el estudio de la evolución de los negocios jurídicos, en este caso un contrato, regido en la actualidad por el Código Civil.

La referencia a los esclavos en Albacete durante la Edad Moderna es frecuente. Las fuentes documentales a las que podemos recurrir son las siguientes: en los protocolos notariales encontramos ventas y manumisiones. Los datos proporcionados son muy variados, a veces se identifica el origen: “habida de buena guerra” dice en el año 1594 don Juan Cañavate de la Cueva cuando concede libertad a su esclava Beatriz de cincuenta años, “negra atezada”. Otro ejemplo: en el año 1659 el presbítero  don Tomás del Campo Abarca vendió a don Fernando Gaitán y Mendoza, alguacil mayor, una niña esclava, “mora berberisca de siete u ocho años de color de membrillo cocido, comprada en Orán, se llama Mira”. En la documentación municipal nos han aparecido referencias a ellos en los impuestos, como cualquier mercancía estaban sujetos a ellos, así en el arrendamiento de la sisa en los años 1570-1600 se especifica que por cada esclavo o esclava que se venda se debe pagar cuatro reales”. Tratándose de un colectivo marginal, era frecuente que tuvieran conflictos con la justicia y acabaran en la cárcel como lo demuestra el libro de visitas. Y, por último, en los padrones municipales, en cuyo caso se trataría de libertos.

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